Ayudas para el alumnado de Bachillerato 2024-2025 – Convocatoria de la Junta de CyL

El 18 de junio de 2024 se publica en el BOCYL el extracto de la Orden de 12 de junio de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas para el alumnado que curse enseñanzas determinadas enseñanzas de Bachillerato, Formación Profesional del sistema educativo o de régimen especial en determinados centros de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2024-2025.

Las ayudas van destinadas al alumnado que en el curso 2024-2025 van a estar matriculados, entre otras enseñanzas, en Bachillerato en centros de la Comunidad de Castilla y León.

¿Qué tipos de ayuda hay?

Hay tres tipos de ayudas:

1. Ayuda variable. Se concederá en función del intervalo de porcentajes del umbral máximo de renta familiar establecido en el apartado octavo.1 de la Orden de convocatoria en el que se encuentre encuadrada la renta de la unidad familiar del solicitante, conforme a la siguiente relación:

  1. Menor o igual al 25% del umbral máximo de renta familiar: 450 euros.
  2. Superior al 25% e inferior o igual al 50% del umbral máximo: 350 euros.
  3. Superior al 50% e inferior o igual al 75% del umbral máximo: 250 euros.
  4. Superior al 75% e inferior o igual al 100% del umbral máximo: 200 euros

2. La ayuda fija ligada a la residencia se podrá recibir por quienes además de ser beneficiarios de la ayuda variable necesiten residir, por razón de los estudios cursados en la modalidad presencial durante el curso escolar, en lugar distinto al domicilio familiar y cumplan los requisitos que establece el apartado noveno para esta modalidad de ayuda. No podrá optar a esta modalidad de ayuda el alumnado que curse estudios de Formación Profesional de grado básico. Las ayudas por este concepto ascenderán a mil seiscientos euros (1.600 €). En ningún caso el importe de esta ayuda será superior al coste real del servicio.

3. La ayuda fija en función de la excelencia en el rendimiento académico se podrá recibir por todo aquel que curse alguna de las enseñanzas contempladas en el apartado tercero, a excepción de las referidas en las letras b), e) y g), que además sea beneficiario de la ayuda variable.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Requisitos generales

Los establecidos en el apartado quinto de la Orden de Convocatoria. En el apartado de «ficheros disponibles» se encuentra la Convocatoria.

Requisitos académicos

Los establecidos en el apartado sexto (requisitos académicos para la ayuda variable) y décimo (requisitos académicos para la ayuda fija en función de la excelencia en el rendimiento académico) de la Orden de Convocatoria. En el apartado de «ficheros disponibles» se encuentra la Convocatoria.

Requisitos económicos

Los establecidos en el apartado octavo de la Orden de Convocatoria. En el apartado de «ficheros disponibles» se encuentra la Convocatoria.

En el caso de solicitar la ayuda fija llagada a la residencia habrá que cumplir los requisitos que aparecen en el apartado noveno de la Orden de Convocatoria. En el apartado de «ficheros disponibles» se encuentra la Convocatoria.

¿Cómo se solicita la ayuda?

Las solicitudes se obtienen a través del siguiente formulario:

En el apartado de «Ficheros disponibles» se encuentra una guía de ayuda para cumplimentar la solicitud.

Las solicitudes podrán presentarse por uno de los siguientes medios:

  1. De manera presencial en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  2. De forma electrónica, para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativa. Si se presenta de forma electrónica se deberá anexar el modelo de firmas nº 2 debidamente cumplimentado, que se encuentra en el apartado de «Fichero disponibles»

El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá desde el día 19 de junio hasta el día 30 de septiembre de 2024, ambos inclusive.

Para cualquier consulta relacionada con esta resolución póngase en contacto exclusivamente con el siguiente correo: soporte.basi@educa.jcyl.es